11.7.08
Las leyes de la identidad digital
En ciencia ficción las tres leyes de la robótica son un conjunto de normas escritas por Isaac Asimov. En ese universo, las leyes son "formulaciones matemáticas impresas en los senderos positrónicos del cerebro" de los robots (lo que hoy llamaríamos ROM). Aparecidas por primera vez en el libro "Runaround" (1942), establecen lo siguiente:

ver más en http://es.wikipedia.org/wiki/Tres_leyes_de_la_rob%C3%B3tica
Está claro que la cosa no puede ser tan sencilla, pero lo que hasta ahora se ha defiido respecto a las leyes de la Identidad Digital (que es un concepo subconjunto junto-disjunto del de Personalidad Digital) está resultando bastente más farragoso. Tanto que la traducción a otro idioma distingo del inglés es un ejercicio de equilibrio.
Ahí va:
The Laws of Identity
- Un robot no debe dañar a un ser humano o, por su inacción, dejar que un ser humano sufra daño.
- Un robot debe obedecer las órdenes que le son dadas por un ser humano, excepto si estas órdenes entran en conflicto con la Primera Ley.
- Un robot debe proteger su propia existencia, hasta donde esta protección no entre en conflicto con la Primera o la Segunda Ley.

ver más en http://es.wikipedia.org/wiki/Tres_leyes_de_la_rob%C3%B3tica
Está claro que la cosa no puede ser tan sencilla, pero lo que hasta ahora se ha defiido respecto a las leyes de la Identidad Digital (que es un concepo subconjunto junto-disjunto del de Personalidad Digital) está resultando bastente más farragoso. Tanto que la traducción a otro idioma distingo del inglés es un ejercicio de equilibrio.
Ahí va:
The Laws of Identity
- Control y consentimiento del usuario: Los sistemas de gestión de identidades deben revelar información que identifique al usuario solo con el consentimiento de éste.
- Minima divulgación para un uso limitado: Los sistemas de gestión de identidades deben revelar la menor información de identificación posible.
- Justificación de los participantes: Los sistemas de gestión de identidades deberán estar diseñados de modo que la divulgación de información de identificación se limite a lo justificadamente necesario según la relación de los destinarios y el identificado.
- Identidad directa: Un sistema universal debe soportar tanto la "omnidireccionalidad" de los identificadores para su uso por entidades públicas como la "uni-direccional" para su uso por parte de entidades privadas, lo que facilita el descubrimiento al tiempo que se evita innecesarias versiones de manejadores correlacionados.
- El pluralismo de Operadores y Tecnologías: Una solución universal debe utilizar y permitir la interoperación de múltiples tecnologías gestionados por múltiples proveedores de identidad.
- La integración humana: Los sistemas de gestión de identidades deben definir al usuario humano para ser un componente más del sistema distribuido, integrado a través de inequívoca interfaz hombre-máquina que proporciona una protección contra los ataques de identidad.
- Experiencia de usuario coherente en todos los contextos: La unificación de metasistemas de identidad debe garantizar a sus usuarios unexperiencia de uso simple y consistente, al tiempo que permite la separación de los contextos necesarios a través de múltiples operadores y tecnologías.
Ahí es ná...
Etiquetas: The Laws of Identity
0 comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]
<< Inicio